MEXICALI, B.C., ENERO 29, 2018. El Pleno del Congreso local aprobó una reforma con la intención de que se reconozca y amplíen los lineamientos marcados en la Convención sobre los Derechos del Niño y acatar las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, para que con ello se contribuya a concientizar y sensibilizar a las generaciones futuras sobre el trato digno y respetuoso que merecen todos los seres humanos.
Con la aprobación unánime del dictamen 49 de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, se reformó la fracción IX del artículo 45 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.
Lo anterior se dio en el marco de la sesión ordinaria celebrada este día por la Vigésima Segunda Legislatura que preside el diputado Mtro. Raúl Castañeda Pomposo.
El dictamen fue leído en tribuna por el inicialista de esta reforma, diputado Carlos Torres Torres, quien expuso que con esta medida se pretende prohibir la asistencia y participación de niñas, niños y adolescentes, a eventos donde se produce violencia extrema sobre animales, “siendo claro que este tipo de espectáculos violentan los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes”.
En la exposición de motivos, Carlos Torres expuso que el grado de desarrollo de cualquier sociedad puede medirse por el respeto y valoración hacia los seres en situación de vulnerabilidad, y destacó que el Estado Mexicano “tiene como una de sus principales obligaciones lograr que las niñas, niños y adolescentes puedan desarrollarse en un medio ambiente sano, alejados de actividades que les llegase a causar un daño emocional, físico o psicológico y, por consiguiente, proveer las condiciones para su correcto desarrollo físico y emocional”.
Recordó que su propuesta se basó en el tratado internacional que adoptó en 1989 la ONU, en el que se reconocen los derechos humanos de las personas menores de 18 años, así como la Convención Sobre los Derechos de Niño, que es un instrumento internacional jurídicamente vinculante, mediante el cual los menores de edad pasan a ser considerados de objetos de protección, a ser sujetos de derechos.
En base a estas consideraciones que persiguen adoptar a nivel federal y estatal, leyes y políticas integrales dirigidas a prevenir y sancionar todas las formas de violencia, así como ayudar y proteger a los niños victimizados se ha establecido que la autoridad “debería adoptar las medidas necesarias para garantizar la prohibición de la participación infantil en escuelas taurinas y corridas de toros por estar consideradas como una de las peores formas de trabajo infantil”.
El resolutivo aprobado que adiciona con una fracción novena al artículo 45 de la ley en mención establece: “La violencia extrema contra animales, prohibiendo su asistencia o participación activa a menores de edad en eventos o espectáculos en los que esta se genera. Las autoridades competentes están obligadas a implementar medidas especiales para prevenir, atender, erradicar y sancionar las conductas previstas en este artículo para niñas, niños y adolescentes”.
Asimismo, se estipula que la presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE), pero se concede un período de 180 días naturales para que se las autoridades emitan las disposiciones normativas correspondientes.