TIJUANA, OCTUBRE 22, 2020.- Como era de esperarse, la Cámara de Diputados aprobó las reformas a las leyes del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), el Impuesto sobre la Renta (LISR) y al Código Fiscal de la Federación (CFF), informó el Lic. Jorge Pickett Corona.
El abogado fiscalista mencionó que el proyecto de Ley de Ingresos que incluye la Miscelánea Fiscal 2021, fue aprobado por la Cámara de Diputados con 291 votos a favor, 142 en contra y una abstención.
Entre las reformas aprobadas por los legisladores, recordó, están las visitas domiciliarias que, desde el momento en que se había presentado la propuesta, hubo inconformidad por parte de los contribuyentes.
“Es un hecho que el personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueda hacer uso de herramientas tecnológicas como celulares, grabadoras y cámaras durante las visitas domiciliarias, no obstante, el personal estará obligado a guardar absoluta reserva sobre declaraciones, datos suministrados por el contribuyente y toda información obtenida en la visita”, precisó.
Aun con esta reserva, consideró Pickett Corona, es una falta que la autoridad tenga este poder, toda vez que hay contribuyentes que señalan su domicilio particular como domicilio fiscal, lo cual es una invasión a la privacidad.
Otra reforma aprobada es el aseguramiento precautorio, donde el SAT podrá aplicar embargos a las cuentas de terceros que se opongan al ejercicio de facultades de comprobación.
“Básicamente, el SAT podrá embargar cuentas de terceros que no cooperen con la fiscalización, esto incluye a clientes, proveedores y empleados de las empresas, pero aquí el SAT deberá emitir reglas generales para precisar en qué momento se tiene responsabilidad con terceros”, subrayó.
También se aprobó el que el fisco federal pueda bloquear las plataformas de residentes en el extranjero sin establecimiento en México, cuando no cumplan con las disposiciones de RFC, firma electrónica, representante legal, domicilio fiscal y el pago de IVA.
Asimismo, agregó el abogado fiscalista, se amplió de 3 a 10 días el plazo para que el contribuyente pueda aclarar su situación ante el SAT, limitando a 40 días el tiempo para presentar una solicitud de aclaración.
Por último, el Lic. Jorge Pickett anotó que dichas propuestas aprobadas, aunque se consideran agresivas para el contribuyente, ahora están en manos del Senado para decidir si se aplican tal cual o no.