TIJUANA, ENERO 21, 2020.- Este lunes 20 de enero, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, la cual otorga beneficios a quienes se inscriban a un padrón y demuestren que cumplen con sus obligaciones regulatorias y fiscales.
Así lo dio a conocer el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente de TLC Asociados, quien dijo que esta ley se integrada por 5 Capítulos, 17 de Artículos y 3 Transitorios, la cual entrará en vigor este 21 de enero de 2020.
Explicó que se trata de una Ley de orden público y de observancia general, la cual tiene por objeto fomentar la confianza ciudadana, otorgando beneficios y facilidades administrativas relacionadas con la actividad económica que desempeñan las personas físicas y morales.
Su aplicación, dijo, corresponde a la Secretaría de Economía por conducto de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, pero no será aplicable tratándose de las materias fiscal, aduanera, del trabajo, de seguridad social, de comercio exterior y respecto a las operaciones con recursos de procedencia ilícita y facultades de comprobación tratándose de hidrocarburos.
“Contará con un Padrón Único de Fomento a la Confianza Ciudadana, en el que la inscripción será voluntaria y se entenderá como un acto de buena fe, por el cual las personas beneficiarias manifiesten que se encuentran en cumplimiento de sus obligaciones regulatorias y fiscales, de acuerdo con la actividad económica que desempeñen”, detalló el abogado fiscalista.
Entre los beneficios que contempla esta Ley, añadió, es que aquellos que se registren en el padrón recibirán facilidades administrativas que acuerde la autoridad, de tal manera que se promueva el cumplimiento espontáneo de obligaciones o trámites.
Además, se pretende que a través de la coordinación de la Comisión de Mejora Regulatoria con las diversas autoridades, se suspendan actividades de vigilancia, inspección o verificación que efectúen personas inspectoras, verificadoras, ejecutoras y cualquier figura análoga adscrita a aquellas.
“Aquí la excepción recaerá en las actividades mencionadas que tengan por objeto resguardar la seguridad nacional, la seguridad de la población, la seguridad alimentaria, constatar que cuenten con medidas de protección civil, las que tengan como fin proteger la sanidad y la inocuidad agroalimentaria, animal y vegetal, la salud humana, el medio ambiente, los recursos naturales, los derechos e intereses del consumidor, las relativas al sector financiero y a la materia de armas de fuego y explosivos, así como la protección contra riesgos sanitarios”, expuso.
El Dr. Octavio de la Torre destacó que las personas que hayan sido sujetas a verificación y cuyo resultado corrobore el cumplimiento de sus obligaciones regulatorias y fiscales correspondientes, recibirán por conducto del titular del Poder Ejecutivo Federal, un reconocimiento.
Finalmente, subrayó que la persona que proporcione al padrón información que no sea fidedigna o que incurra en malas prácticas comerciales, o por funcionamiento irregular, será sancionada con la suspensión al padrón, pero podrán corregir su situación en cualquier momento y ser reintegrados al mismo.