TIJUANA, AGOSTO 24, 2020.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó algunos puntos de la certificación en el programa Operador Económico Autorizado (OEA), una modalidad de certificación que se encuentra en la Ley Aduanera, certificación que deriva del programa impulsado por la Organización Mundial de Aduanas.

Desde 2005 tal es la importancia en la seguridad de la cadena de suministro que esta certificación también se plasmó en los textos del Capítulo 7 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Actualmente en México se cuentan con 651 empresas certificadas como Operadores Económicos Autorizados y 426 socios comerciales certificados de acuerdo con cifras del SAT.

Así lo enfatizó el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, Presidente del Corporativo TLC Asociados, quien recordó que el pasado 24 de julio de 2020 se publicaron modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior.

“Es de vital importancia que las empresas incorporen los estándares de seguridad en la cadena de suministro, para ello contar con información puntual y aprovechar los portales oficiales puede ser una opción que te ayude a implementar mejores prácticas, reducir errores, mejorar tus tiempos de cruce, pero sobre todo evitar cualquier tipo de contaminación en la carga”, expuso.

En estas reglas, abundó, se establece que tanto las empresas certificadas bajo la modalidad de OEA como los socios comerciales certificados deberán de realizar de acuerdo con la Ley Federal de Derechos, el pago de derechos de manera anual.

“Un cambio relevante, que ya estábamos esperando hace un par de años, es que los Almacenes Generales de Depósito, de los cuales en México existen aproximadamente 150, pudieran solicitar su certificación y lograr ser socios comerciales certificados, lo que implica una mayor seguridad en la cadena de suministro de comercio exterior en México”, dijo De la Torre de Stéffano.

Existen algunos requisitos que deberán de cumplir, cómo presentar el formato denominado “Perfil del Almacén General de Depósito”, haber prestado el servicio de almacenamiento de mercancías bajo el régimen de depósito fiscal, por lo menos 2 años previos a la presentación de la solicitud y por supuesto estar al corriente de manera permanente de sus obligaciones fiscales.

En tanto, Octavio de la Torre refirió, que reconfiguraron 8 beneficios para las empresas Certificadas OEA, entre estos, en el supuesto de que la autoridad aduanera advierta la actualización de las causales de suspensión en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos y/o Padrón de Exportadores Sectorial.

Lo anterior está previsto en la regla 1.3.3., independientemente de la fracción de que se trate, no se suspenderá en el registro y se deberá seguir el procedimiento establecido en la regla citada, a fin de subsanar o desvirtuar la causal detectada, entre otros beneficios exclusivos de este tipo de empresas certificadas.

“Es importante que las empresas conozcan las actualizaciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para tener claros los beneficios de los que pueden gozar, así como sus obligaciones, causales de requerimiento o cancelación en Esquema de Certificación de Empresas que les permitan estar en debido cumplimiento”, finalizó el abogado fiscalista.