CDMX, MAYO 11, 2020.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió sólo dos años de gobierno para Baja California. El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea calificó de “un gran fraude a la Constitución y al sistema democrático” ampliar el periodo.

El ministro José Fernando Franco González Salas fue quien presentó el proyecto para declarar inconstitucional la reforma en el período. La discusión inició al filo de las 9:54 am.

El presidente de la Suprema, Arturo Zaldívar dijo más:

“Bajo la apariencia de que se estaba en ejercicio de su competencia, para legislar sobre su organización política el Congreso de Baja California alteró los resultados de un proceso electoral concluido al decretar por ley que un gobernador electo por dos años ejercería el cargo por cinco”

Se basa para hacer esta declaratoria que se inició y concluyó bajo la vigencia del artículo 8vo vigente que establecía una duración de dos años, de la cadena impugnativa se advierte que todas y cada una de las resoluciones fueron revocadas a través e los medios de impugnación en materia electoral interpuestos en ese momento.

En una sesión abierta al público bajo transmisión de internet los ministros fueron tomando la palabra pero destaca la dura postura de Zaldívar Lelo de Larrea:

“La pregunta fue: resulta constitucional el periodo bajo el cual fue electo el gobernador de Baja California aprobada con posterioridad al proceso electoral: “con el pretexto de usar el poder reformador, y definir sobre su régimen, la legislatura (de baja california) fraguó un fraude a la constitución“.

Un ilícito, dijo como en otras ocasiones, “no es un termino retórico sino un “ilícito constitucional atípico y técnico que consiste en simular que un acto o una norma son compatibles con la constitución cuando no lo son”. Y mencionó que se viola el período de veda durante una elección, el principio de no reelección consagrado en el artículo 116 así como la prohibición de retroactividad del artículo 14 de la Constitución.

Pero de manera más grave, agregó, me parece que la reforma entraña una violación al voto público, a la soberanía nacional y al principio democrático en contravención de artículos Constitucionales que señalan un mandato predeterminado.

Uno a uno los ministros hablaron a favor del proyecto de impugnación como es el caso de la ministra Norma Lucía Piña Hernández que enmarcó como “abuso del poder conferido al congreso y una seria amenaza a nuestra vida democrática” para emitir un voto concurrente.

El ministro Alberto Pérez Dayán calificó en análisis como una precisión jurídica al considerar que se vulneraron los principios de certeza, elección libre y periódica, no reelección además de los derechos de participación política. La disposición cuestionada, es mencionó, materia electoral y enmarcada en el artículo 116 por tratarse de una norma de independencia, legalidad, máxima publicidad y sufragio, libre, secreto y directo. Lo que mantiene a flote el sistema democrático dentro de la entidad y en el país: “no existe razón constitucional sólida y suficiente… sobre todo cuando las elecciones se realizaron con cuatro años de anticipación“, concluyó.

Para el Presidente de la Segunda Sala, ministro Javier Laynez Potisek la reforma violentó los derechos de los ciudadanos. Explica que viola el Artículo 105 de la Costitución pues no es una modificación esencial, el plazo es una modificación legal, pero no se puede hacer en contravención a este articulo específicamente. Dio la razón en torno a que el legislador se baja california no lo hizo durante la contienda, sino al termino de la contienda con lo que se violentó el principio de no retroactividad pues la reforma modificó el plazo en beneficio del candidato electo.

En su momento la maestra Ana Margarita Ríos Fajat explicó que “las leyes electorales deberán publicarse al menos 90 días y no podrá haber modificaciones”, 9 de septiembre 2018 y terminó en 2019, se hicieron intentos de modificación, pero lo curioso es que, terminado el proceso, el Congreso (de Baja California) hizo modificación. “comparto la perspectiva del proyecto en la página 185 que considera configuró un fraude” puesto que no podía haber modificación ante la restricción de no modificación 90 días antes del proceso, por tanto: no analizamos aquí si la sociedad quería o no un gobierno de 2 años, eso está en su soberanía; así considero inconstitucionalidad la reforma en Baja California, remachó.

Jorge Mario Pardo Rebolledo habló en el mismo sentido, dejando a salvo la acción de los diputados de Baja California para modificar la Constitución, excepto que considera que en el proceso se viola el principio democrático electoral.

Y finalmente el ministro Alberto Pérez Dayán recordó el principio de elección bajo las competencias de las autoridades mediante el sufragio con medios de defensa adecuados.

En la votación el proyecto quedó aprobado de manera unánime para declarar inválida la Reforma Impugnada.