MEXICALI, MARZO 10, 2021.- El Pleno de la XXIII Legislatura aprobó por unanimidad los dictámenes 187 y 188 de la Comisión de Fiscalización del Gasto Público (CFGP), por medio de los cuales se califica en sentido negativo el manejo de los recursos asignados al Ayuntamiento de Ensenada durante 2017 y 2018.

 

Los dictámenes en mención fueron sometidos a consideración de los congresistas bajacalifornianos durante la sesión ordinaria celebrada este día, bajo la coordinación de la diputada Eva Gricelda Rodríguez, presidenta de la Mesa Directiva.

Por lo que hace al ejercicio fiscal de 2017, la Auditoría detecto una seria de irregularidades en el manejo presupuestal del XXII Ayuntamiento de Ensenada, las cuales detalló en 41 puntos consignados en los considerandos.

Esto originó que la Comisión de Fiscalización del Gasto Público (CFGP), emitiera una opinión de “no se aprueba”, y en ese sentido fue sometido al Pleno de la Asamblea, que con su voto unánime apoyó el sentido en que fue emitido el dictamen 187.

Entre los puntos que encontró la auditoría realizada a la administración municipal del puerto destacan: “La Entidad, durante el ejercicio de 2017, recaudó ingresos por impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, extraordinarios, participaciones federales, participaciones estatales, otras aportaciones y otros Ingresos, la cantidad de mil 614 millones 967 mil 418 pesos, de los cuales solo proporcionó facturas electrónicas por la cantidad de 189 millones 445 mil 879 pesos, determinándose una diferencia por la cantidad de mil 412 millones 521 mil 539 pesos, de los cuales no expidió facturas electrónicas, incumpliendo con lo establecido en el Articulo 29-A del Código Fiscal de la Federación y Artículo 86 párrafo quinto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para el Ejercicio fiscal de 2017”.

En las 41 irregularidades plasmadas en el informe de la ASEBC también se menciona que la entidad presenta, al 31 de diciembre de 2017, saldos por recuperar en cuentas de orden por diversas contribuciones municipales, por la cantidad de más de 423 millones de pesos, de las cuales se efectuó revisión de una muestra por la cantidad de 162 y medio mdp, que representa el 38 por ciento del total del padrón de rezagos. determinándose diversas observaciones.

Entre ellos destaca el Impuesto predial por la cantidad de 291 millones de pesos de los cuales se efectuó revisión por 106 millones que se integra de 99 deudores, de los cuales solo en algunos casos se llevó a cabo la etapa de notificación – requerimiento de cobro. Sin embargo, no se continuó con todas las etapas del procedimiento administrativo de ejecución hasta su conclusión.

Respecto a lo ejercido en 2018, con el dictamen 188 se consignó el manejo irregular de las finanzas administradas por el vigésimo segundo Ayuntamiento de Ensenada.

En este caso, también se dictaminó en sentido negativo el manejo presupuestal en el seno de la comisión, lo cual fue avalado por el Pleno del Congreso local de manera unánime. En este ejercicio fiscal fueron 55 los puntos de irregularidades detalladas en los considerandos que anotó la auditoría.

Entre ellas se menciona que, “de acuerdo con el convenio celebrado entre la Entidad y el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de fecha 26 de febrero de 2018, se estableció el otorgamiento del Subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública (FORTASEG) por un importe de 46 millones 350 mil 890 pesos, mismos que serían otorgados en una primera entrega por 32 millones 445 mil pesos y una segunda por cerca de 14 mdp.

Al respecto, se observa que la Entidad no dio cumplimiento a la totalidad de las metas establecidas para la primera ministración; debido a este incumplimiento, en la segunda presenta una reducción por un monto de 820 mil 411 pesos.

Adicionalmente, con fecha 22 de enero de 2019, la Entidad efectuó reintegro a la Tesorería de la Federación por un importe de mil 188 pesos, debido a que no se ejercieron los programas y metas aprobados; por lo anterior, la Entidad no dio cumplimiento a las metas establecidas en el citado convenio, incumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la Cláusula primera de dicho convenio.

Por estas y otras irregularidades que violan las leyes establecidas para el correcto manejo de la Ley de Presupuesto, se determinó como improcedente el manejo de los recursos asignados al ayuntamiento ensenadense, por lo que se resolvió dar parte a la autoridad correspondiente para que aplique la sanción conducente.