TIJUANA, JUNIO 22, 2021.- Este jueves por la mañana, la diputada local Evangelina Moreno Guerra presentará a la población en general la iniciativa de Código de Familia de Baja California, la cual propuso en sesión del pleno del Congreso estatal.

 

La iniciativa que contiene 996 artículos es el resultado de consensos con diversos organismos civiles, tanto de derechos humanos, de defensa de la familia, de comunidades LGBT, y de cuerpos colegiados especialistas en temas relacionados con las leyes y la familia.

La diputada Evangelina Moreno, inicialista de la creación del Código Familiar en la entidad, fue parte de los legisladores que aprobaron recientemente los matrimonios igualitarios en Baja California, y felicitó a los hombres y mujeres que ahora pueden unirse sin discriminaciones legales.

“Felicito a todos aquellos que se aman y pueden ya legalizar su unión, sea hombre con hombre y mujer con mujer, para que además adquieran derechos legales de seguridad social y créditos de Infonavit, entre otras prerrogativas que antes se les negaba”, explicó.

En el apartado del Código de Familia que habla sobre el tema de los matrimonios, se incluyen los de tipo “igualitarios”.

No obstante, se excluyó el tema de los bienes materiales en la iniciativa que propuso hoy al Congreso, siendo turnada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, para su análisis jurídico y aprobación, pero, se privilegian los derechos de los menores de edad, personas con discapacidad, y adultos mayores.

Así mismo, se destacan cambios en lo que se refiere al concepto de familia, el concepto de violencia, se incluye la violencia virtual como una forma de violencia familiar, se cambia la denominación de “concubinato” por “unión marital de hecho” y de los “concubinos” por “compañeros extramaritales”, y hay cambios en la denominación de la clasificación por edades de niños, infantes y adolescentes.

Hay muchos otros cambios que distinguirá a Baja California con otras entidades del país que ya cuentan con un Código de Familia, como es acreditarse con personalidad jurídica y todos sus derechos humanos inherentes al nacido vivo, sea cual sea su instante y tiempo de sobrevivencia.

El orden de los apellidos ya podrá decidirse de común acuerdo de los padres, no en automático, e incluso, se podrá añadir un seudónimo a la personalidad jurídica del nacido.

Tanto la celebración del matrimonio como del divorcio deberá registrarse ante notario público, y será requisito para casarse cursar un taller especial; las variaciones de régimen patrimonial que señala el artículo 131, se podrán tramitar mediante jurisdicción voluntaria o por escritura pública ante notario.

También habrá cambios en las disposiciones para exigir las pensiones alimenticias, y los nacimientos de niños podrán ser declarados por personas diferentes a sus padres, dadas circunstancias especiales.