MEXICALI, B.C., MAYO 31, 2018.   Durante la quinta sesión ordinaria del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), se hizo efectiva la multa en contra del Partido Morena, Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, sección Playas de Rosarito.

La multas se hicieron efectivas a los presidentes del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Morena y del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Jaime Bonilla Valdez y Abraham Correa Acevedo, ya que no publicaron en sus portales de  internet las obligaciones de Transparencia referidas en los artículos 81 y 84 de la Ley de Transparencia del Estado de Baja California.

Cabe destacar que los procedimientos de verificación realizados por el órgano garante a los portales de internet de los Partidos Políticos, iniciaron en marzo del presente año.

Asimismo, se multó al secretario general del Sindicato de Burócratas en Playas de Rosarito, Miguel Ángel Ibarrra Arenas, por no responder en los términos señalados a la información solicitada por un ciudadano, en relación a los ingresos, egresos, sueldos, honorarios y/o compensaciones de la sección sindical en un periodo comprendido entre 2014 y 2016.

Las multas aplicadas serán de 12 mil 90 pesos, sin embargo, en aras de garantizar el derecho de acceso a la información del ciudadano, se ordenó requerir de nueva cuenta a los representantes del Morena, PRD y Sindicato de Burócratas sección Rosarito, para que pongan a disposición la información pública solicitada en los términos señalados en la resolución emitida por el órgano garante.

De incumplir de nuevo con lo ordenado serán acreedores de otra multa con la cantidad de 24 mil 180 pesos.

El presidente del ITAIPBC, Lic. Octavio Sandoval López, expresó que el pago de la multa no exime al sujeto obligado de cumplir con la resoluciones del Instituto, por lo que al estar en incumplimiento de la resolución, se pueden imponer multas de hasta mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 120 mil 900 pesos, que deberán ser pagados con los recursos propios y no con recursos del Sujeto Obligado, según lo establece la Ley.

Reiteró la indicación a acudir al Instituto a capacitarse sobre el cumplimiento de la Ley de Transparencia, en ese sentido manifestó que han realizado más de 20 sesiones de capacitación a los sujetos obligados para que cumplan con la Transparencia y la rendición de cuentas.

De igual manera, el funcionario puntualizó que la Ley de Transparencia fue aprobada en abril de 2016 y entró en vigor en agosto del mismo año, por lo cual la transparencia y rendición de cuentas es una política pública obligatoria que no tiene reversa, por lo que todos debemos comprometernos a cumplirla, además de que es una de las mayores demandas de la sociedad.

Por otro lado, mencionó que también se aprobó la modificación del padrón de Sujetos Obligados del Estado de Baja California, en donde se incorporaron el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) Sección 37, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 2 y la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Mexicali.

En el caso de la Sindicatura, se incluyó a petición de la síndico procuradora, Blanca Irene Villaseñor Pimienta, para que se tomara en cuenta a dicha entidad como sujeto obligado independiente al XXII Ayuntamiento de Mexicali.

Por último, informó que el pleno del ITAIPBC aprobó la reforma al Reglamento de la Ley de Transparencia, para que se contemplen en un solo instrumento los reglamentos para la sustanciación de los recursos y denuncias.