BAJA CALIFORNIA, FEBRERO 24, 2021.-El maestro Ricardo Galindo Maciel, jefe de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS en Baja California, explicó que existe la posibilidad de solicitar pensión de Cesantía en Edad Avanzada a partir de los 60 años cumplidos, a los 65 años cumplidos o más se puede solicitar la pensión de vejez.

Se manejan, dijo, dos tipos de régimen; de la Ley del Seguro Social 1973 que ampara a trabajadores que hayan estado inscritos antes del 30 de junio de 1997, a quienes se les exige por lo menos 500 semanas cotizadas, haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social y encontrarse privado de trabajo formal remunerado. Por otra parte, está el régimen de la Ley del Seguro Social 1997 que ampara a los trabajadores inscritos ante el Instituto, después de julio de 1997, y tengan registradas mínimo mil 250 semanas de cotización.

Señaló que al cumplir con los requerimientos, el trámite es rápido y sencillo. De manera presencial, el interesado tiene que acudir al área de Prestaciones Económicas de su Unidad de Medicina Familiar (UMF) de adscripción y presentar la siguiente documentación:

· Identificación oficial vigente con fotografía y firma.

· Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS.

· Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud.

· Clave Única de Registro de Población (CURP).

· Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la Afore que maneja la cuenta individual.

· Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

· Original o copia certificada del Acta de Nacimiento.

Galindo Maciel indicó que una vez entregados los documentos, el personal del Instituto se comunicará con el interesado si se obtuvo una resolución a su favor o si existe algún impedimento.

De obtener la resolución afirmativa, el trabajador acudirá al Departamento de Pensiones de la Subdelegación del IMSS en su comunidad para firmar el documento y recibir al mes siguiente su primer depósito de pensión.

Todo pensionado tiene derecho a registrar beneficiarios que pueden ser esposa/o, concubina, hijos hasta los 16 años de edad como menores y hasta 25 años como estudiantes e hijo mayor de 16 años incapacitado.

El jefe de Prestaciones Económicas invitó a los interesados a ingresar a la página http://www.imss.gob.mx/pensiones/pension-digital del portal Tu Retiro con Mi Pensión Digital, para realizar una proyección de pensión y conocer más detalles sobre este trámite.