MEXICALI, MARZO 25, 2020. El diputado Luis Moreno Hernández, del partido Transformemos, fue electo por unanimidad de los 25 diputados, para presidir la Mesa Directiva del Poder Legislativo de Baja California, que iniciará funciones a partir del primer día de abril.

En apego a lo que establece la Constitución Política del Estado, se llevó a cabo la elección de quienes integrarán la Mesa Directiva durante el tercer periodo ordinario del primer año legislativo, que culminará el 31 de julio de 2020.

En el documento leído ante la máxima tribuna de esta Soberanía por la diputada Monserrat Caballero Ramírez, se eligió como vicepresidente de la Mesa Directiva al diputado Julio César Vázquez Castillo, (PT); como secretaria a la diputada, Eva Gricelda Rodríguez (Morena); como pro secretario a Fausto Gallardo García (PVM) y como secretaria escrutadora, María Luisa Villalobos Ávila (Morena).

Asimismo, se avaló el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) mediante el cual, se determina como presidenta de este Órgano Legislativo para el siguiente periodo ordinario a la diputada Monserrat Caballero Ramírez.

APRUEBA CONGRESO DE BC LEY QUE SANCIONA LA ESPECULACIÓN DE PRECIOS EN PRODUCTOS DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES EPIDÉMICAS
El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad y con dispensa de trámite una iniciativa que tiene como propósito la creación de la Ley Federal que Prohíbe y Sanciona la Especulación de Precios de Productos de Prevención y Tratamiento de Enfermedades Epidémicas.

​Por tratarse de una Ley Federal el documento avalado fue turnado al Congreso de la Unión para su respectivo análisis.

​Durante la exposición de motivos el legislador planteó que el propósito de la presente norma es tutelar el derecho humano a la salud y al bienestar por medio de la prohibición y la sanción a la especulación de precios de productos de prevención y tratamiento de enfermedades epidémicas.

Explicó que la presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario y tiene por objeto evitar el alza artificial de precios, el acaparamiento y la publicidad engañosa de productos de prevención y tratamiento de enfermedades epidémicas, prohibiendo y sancionando la especulación de precios en el territorio nacional, subrayó.

La Secretaria de Economía y la Procuraduría Federal del Consumidor deberán monitorear los precios de los productos que la Secretaria de Salud establezca como productos que prevengan y traten las enfermedades epidémicas, comparando los precios promedio de los doce meses anteriores a la ocurrencia de la epidemia, indicó.

Moreno Hernández dijo que el precio de venta de los productos de prevención y tratamiento de las enfermedades epidémicas no podrá ser superior al precio promedio de venta del mes anterior al alza artificial en términos reales de la moneda. Además, quedará prohibida la publicidad engañosa, así como aquella que genere e incite pánico para provocar un mayor consumo o la publicidad que incite a una compra desmedida de un producto de prevención o tratamiento de enfermedades epidémicas.