MEXICALI, JULIO 17, 2020. El Comité de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) celebró este día su Séptima Sesión Ordinaria, en la que se aprobaron las versiones públicas de los documentos presentados tanto por el Departamento de Administración como por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

El Presidente del Comité, Javier Bielma Sánchez, informó que dichos documentos consisten en los contratos celebrados por el IEEBC y diversas personas físicas y morales sometidos a consideración por el Departamento de Administración de este organismo, así como la resolución número seis de la Comisión de Quejas y Denuncias aprobada por el Consejo General del Instituto, presentado por el la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

Bielma Sánchez indicó que es obligación de este organismo electoral, así como del Comité de Transparencia, el garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública; no obstante, este derecho no puede caracterizarse como uno de contenido absoluto, en tanto su ejercicio se encuentra cotado en función de ciertas causas e intereses relevantes, así como frente al necesario tránsito de las vías adecuadas para ello.

En este sentido, por regla general toda información en posesión de las áreas del IEEBC, es considerada como pública, salvo en los casos en que se trate de información temporalmente reservada o de carácter confidencial, en tal caso, se podrá tener acceso a la versión pública de la misma, para lo cual se podrán solicitar copias simples o certificadas.

Por lo anterior, se consideró pertinente testar en los contratos presentados por el Departamento de Administración el nombre, firma, clave de elector y número de pasaporte de quienes prestarán y/o proveerán el servicio correspondiente; así como la información confidencial de la parte quejosa contenida en los resolutivos presentados por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

Finalmente, el Presidente del Comité explicó que, si bien este Instituto está obligado en garantizar la transparencia y acceso a la información pública a cualquier persona, también se tiene la obligación de salvaguardar aquella información de carácter confidencial.