CIUDAD DE MÉXICO, ABRIL 6, 2021.-La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 11/2021, al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la vulneración a los derechos a la legalidad y seguridad jurídica; intimidad y vida privada; así como a una vida libre de violencia, en agravio de una mujer indígena trabajadora del IMSS-Bienestar, que fue destituida de su cargo como gestora de calidad en el Hospital Rural de San Ildefonso Villa Alta, Oaxaca.

 

El 27 de septiembre de 2019, el Delegado del IMSS-Bienestar en Oaxaca, solicitó a la víctima su renuncia o cambiar de adscripción, al señalar que circulaban “fotos íntimas” de ella. La mujer presentó una queja ante la CNDH y esta solicitó a la Unidad de Atención al Derechohabiente del IMSS, salvaguardar sus derechos laborales; sin embargo, a la agraviada se le inició un procedimiento administrativo donde finalmente se le notificó la “pérdida de confianza” por las presuntas fotografías.

 

Esta Comisión advirtió que el contenido de dicha resolución, carece de perspectiva de género y que la acusación a la víctima estuvo sesgada de estereotipos y violencia de género hacia las mujeres, al enfatizar detalles que aparecen en las fotografías como la vestimenta, además, el circular las imágenes exhibiendo el cuerpo de las mujeres tiene la finalidad de humillar, sentir vergüenza y causar una invasión en su intimidad.

 

La CNDH observó que, contrario a investigar la procedencia de las fotografías, se imputó a la mujer una responsabilidad administrativa, y a pesar de que desde el 2019 se sabía de la circulación de las fotografías, no se activó ningún protocolo de atención para casos de violencia digital, en perjuicio de la víctima. El IMSS, debió realizar una investigación interna para esclarecer donde se originó la circulación de las imágenes, cómo se circularon, quiénes intervinieron y las tienen en sus teléfonos celulares, equipos de cómputo, si se almacenaron, circularon en redes sociales o algún medio digital, lo que podría generar violencia digital, tipificada como delito en el estado de Oaxaca.

 

En este sentido, las autoridades del IMSS se negaron a garantizar y proteger el derecho a la intimidad de la agraviada y no detuvieron la violencia sexual, psicológica y laboral, originada por la publicación de dichas fotografías, lo que derivó en la revictimización, discriminación y violencia institucional en contra de la mujer al interior del nosocomio.

 

Por ello, la CNDH recomendó al Director General del IMSS, capacitar en materia de violencia de género y ética profesional al personal administrativo y operativo del Hospital Rural del IMSS-Bienestar, por personal especializado en perspectiva de género; implementar un Protocolo de Prevención y Atención a Casos de Violencia Digital, para las mujeres trabajadoras del IMSS, que proporcione asesoría, acompañamiento psicológico y jurídico, y que los casos sean investigados con perspectiva de género; realizar una campaña de difusión sobre el derecho de las mujeres a vivir a una vida libre de violencia y sobre los mecanismos con los que cuentan para acceder a estos.