TIJUANA, MAYO 25,  2021. – La Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) y el Sistema Municipal de Parques Temáticos de Tijuana (SIMPATT), en conjunto con la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua (SEPROA), informan que los resultados de laboratorio indican que el agua de la laguna del Parque no representa un peligro para la flora o fauna.

 

Lo anterior se da a conocer, después de que el 6 de mayo del presente año, se detectarán escurrimientos de color oxido, al interior de la laguna de este parque, a cargo del SIMPATT, con quienes el organismo trabajó desde un inicio para detectar el origen de la anomalía, sus efectos y soluciones.

Tras una labor de investigación, el 12 de mayo, la CESPT, a través de su Unidad Jurídica, presentó una denuncia penal, en contra de las empresas: BIO Regeneradora de Baja California (BIOR), por cierto, empresa a la cual el 15 de enero se solicitó responder por verter grasas y aceites a la red; y a Baja Waste Water Solution, de la cual el 5 de mayo se detectaron escurrimientos.

Tras la  toma de muestras del agua de la laguna que fueron enviadas al laboratorio ABC Química Investigación y Análisis, S.A. de C.V., se indica que no existen concentraciones de oxígeno disuelto que generen un daño mortal para el hábitat del parque, y que el color anaranjado detectado se trata de “sulfato de hierro” un compuesto químico inorgánico.

De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-2005, el análisis de laboratorio contempló 63 parámetros de contaminantes, determinó que el líquido que ingresó al Parque de la Amistad, no es tóxico, ni corrosivo, y tampoco inflamable. En síntesis el agua de la laguna se considera no peligroso, al estar debajo de los límites máximos permisibles.

Lo descrito anteriormente, se encuentra sustentado en el artículo 12, de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Asimismo, se informa que debido a la vegetación del cuerpo de agua durante los recientes días “mejoró” la coloración del agua, así como al proceso de aireación con el que cuenta el lago.

Es relevante señalar que las empresas involucradas en las descargas que provocaron estos derrames y el consecuente cambio en la coloración, no podrán utilizar la red de alcantarillado sanitario, hasta que cumplan con los procesos de tratamiento de aguas para evitar que se repitan estos hechos.

Igualmente, como parte de las consecuencias por esta acción, la Unidad Jurídica de CESPT, dictaminó que los responsables de las descargas, deberán cubrir multas cercanas a 800 mil pesos, por daños al sistema de alcantarillado, limpieza de líneas de drenaje y omisiones.

Por último, la CESPT reafirma su compromiso por aumentar la regulación de las descargas de empresas, para corregir y prevenir este tipo de hechos, a través de un programa de autorregulación, aplicando al mismo tiempo mayor vigor en las inspecciones e incrementando el grupo de trabajo de esta área.