MEXICALI,  AGOSTO 25, 2020. – En Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), encabezado por su Presidente Provisional, Jorge Alberto Aranda Miranda, aprobó la ampliación del plazo previsto en el artículo 36 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Baja California respecto a la solicitud de referéndum constitucional realizada el pasado 18 de agosto del presente.

El punto de acuerdo se presentó por la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Participación Ciudadana y Educación Cívica, Graciela Amezola Canseco, en virtud de la imposibilidad material del organismo para resolver en cinco días el cumplimiento de los requisitos legales de los 62,285 registros ciudadanos que respaldan dicha solicitud y emitir el proyecto de resolución correspondiente debidamente fundado y motivado, para su posterior discusión; por lo cual, se acordó la ampliación de hasta por 45 días hábiles, contando a partir del 26 de agosto.

Por otra parte, el Consejo General desechó el punto de acuerdo sometido a consideración por el representante propietario del partido Movimiento Ciudadano (MC), el C. Salvador Miguel de Loera Guardado, en el que se autoriza al Consejero Presidente y al Secretario Ejecutivo realizar las gestiones necesarias para que se incluya la representación del IEEBC en la discusión y análisis de la iniciativa promovida por el Gobernador del Estado, Jaime Bonilla Valdez.

La iniciativa en cuestión propone modificar la denominación del capítulo II y se adiciona el artículo 12 bis; artículo 18 fracción VIII y artículo 27 fracción IX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California en materia de revocación popular de mandato.

Lo anterior en virtud de que, luego del análisis realizado, los integrantes del Consejo General consideraron innecesario la creación de un nuevo punto de acuerdo, toda vez que, en enero pasado, se emitió uno. Se comentó que la comunicación entre el IEEBC y el Congreso del Estado ha sido constante para la realización de opiniones técnicas en la formulación de reformas en materia electoral.