MEXICALI, MARZO 31, 2020. El Pleno de la Vigésima Tercera Legislatura aprobó el dictamen número 61 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, mediante el cual se  aprueba la Iniciativa de Decreto para autorizar al municipio de Mexicali, contraer deuda pública en una o varias etapas hasta por la cantidad de novecientos sesenta y cinco millones de pesos.

El documento leido ante la máxima tribuna del Poder Legislativo por la diputada Monserrat Caballero Rámirez, expone que se autoriza al municipio de Mexicali, para que por conducto de los funcionario legalmente facultados, se  contrate deuda pública con una o varias instituciones financieras que ofrezcan las mejores condiciones conforme a la normatividad aplicable.

Dijo que será hasta por la cantidad de 965 millones 042 mil 323 pesos, por un plazo de 18 años, para destinarla al refinanciamiento de los Contratos de Crédito de Deuda Pública que se tienen pactados con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C. (BANOBRAS).

El importe máximo que deba destinarse para cubrir los gastos y costos asociados a la contratación de los créditos celebrados con sustento en el presente Decreto, no podrá exceder de los porcentajes establecidos en el artículo 27 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, explicó.

Los Contratos o Convenios para la obtención de los Financiamientos y Refinanciamientos a que se refiere el presente Decreto, deberán celebrarse y ejercerse a más tardar el 31 de diciembre de 2020,subrayó.

Caballero Ramírez detalló que los ingresos provenientes de los financiamientos autorizados en este Decreto formarán parte de la Ley de Ingresos del Municipio de Mexicali, para el Ejercicio Fiscal 2020, en caso de ser recibidos en este año. Asimismo, deberá incluir anualmente en su Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal en tanto existan obligaciones pendientes de pago asociadas a las operaciones de financiamiento y refinanciamiento que se formalicen con base en la presente autorización, el monto para el servicio de la deuda, bajo los términos contratados, hasta la total liquidación de los mismos, enfatizó.

La presidenta de la Junta de Coordinacion Politica,  mencionó que se realizó previamente el  analisis de la capacidad de pago del municipio de Mexicali, del otorgamiento de garantías y del establecimiento de la fuente de pago; lo anterior, conforme a lo dispuesto en la fracción VIII del Artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás normatividad conducente.

El presente documento fue avalado por  21 votos a favor,  2 votos en contra y una abstención.