MEXICALI,  DICIEMBRE 26, 2020.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), encabezado por su presidente, Luis Alberto Hernández Morales, aprobó la convocatoria pública para la celebración de elecciones ordinarias en el Estado de Baja California para el proceso electoral local concurrente 2020-2021.

En la segunda Sesión Extraordinaria, el Consejero Electoral y Vocal de la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos, Daniel García García, presentó ante los integrantes del Consejo General el dictamen número veintinueve en el que refirió que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 104 de la Ley Electoral del Estado de Baja California, las etapas del proceso electoral, son la preparación de la elección, la Jornada electoral, resultados y declaraciones de validez de las elecciones de diputados y Munícipes y, el dictamen y declaración de validez de la elección de Gobernador.

Señaló que será el domingo 6 de junio de 2021, cuando se llevará a cabo la Jornada Electoral para elegir la Gubernatura, las diputaciones del Congreso, así como las y los munícipes de los ayuntamientos del Estado de Baja California, quienes estarán en los cargos en los siguientes periodos:

a) Gubernatura del Estado de Baja California, para el periodo constitucional del 1ero de noviembre del 2021 al 31 de agosto del año 2027.
b) Munícipes de los Ayuntamientos de los municipios de Mexicali, Ensenada, Tijuana, Tecate y Playas de Rosarito, en el Estado de Baja California, para el periodo constitucional del 1ero de octubre del 2021 al 30 de septiembre del año 2024.
c) Diputaciones al Congreso del Estado de Baja California, para el periodo constitucional del 1ero de agosto del año 2021 al 31 de julio del año 2024.

Se elegirá una Gobernadora o Gobernador del Estado; veinticinco diputaciones al Congreso del Estado, de las cuales diecisiete serán por el principio de mayoría relativa y ocho por el principio de representación proporcional; setenta y tres munícipes distribuidos tal y como se expone en el siguiente cuadro:

Municipio Presidencia
Municipal Síndica o
Síndico Procurador Regidurías
de mayoría
relativa Regidurías de
Representación
Proporcional
Mexicali 1 1 8 7
Tijuana 1 1 8 7
Ensenada 1 1 7 6
Tecate 1 1 5 5
Playas de Rosarito 1 1 5 5

Tratándose del municipio de San Quintín creado por el Congreso del Estado mediante el Decreto 46 publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 27 de febrero del 2020, habrá de elegirse su primer Ayuntamiento en las elecciones ordinarias del año 2024, por lo que a efecto de garantizar su derecho constitucional a votar, habrán de ejercer su voto en las elecciones de munícipes de Ensenada, sin menoscabo de ejercerlo para las elecciones a la Gubernatura y diputaciones locales, en los términos previstos en la Constitución del Estado y la Ley Electoral del Estado.

En relación a los requisitos de elegibilidad para ocupar cargos de elección popular, las ciudadanas y ciudadanos que pretendan registrarse a una candidatura a través de los partidos políticos o por la vía independiente, para contender al cargo de Gubernatura del Estado, munícipes de los ayuntamientos o diputaciones del Congreso del Estado, deberán reunir los requisitos de elegibilidad establecidos en los artículos 17, 18, 41, 42, 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 134 de la Ley Electoral del Estado de Baja California.

Respecto al registro de ciudadanas y ciudadanos a candidaturas independientes que deseen solicitar su registro como candidatos de manera independiente a los partidos políticos para alguno de los cargos de elección popular a que se refiere la convocatoria, deberán sujetarse a los requisitos, términos y condiciones establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, en la Ley Electoral y en la Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes en el Estado de Baja California, así como en la Convocatoria pública aprobada por el Consejo General del IEEBC en fecha 5 de noviembre del año 2020.

El Consejo General del IEEBC recibirá las solicitudes de registro de candidaturas para los cargos de Gubernatura del Estado y munícipes de los Ayuntamientos, en los plazos siguientes:

a. Del 20 hasta el 27 de marzo del año 2021, para el cargo de Gobernadora o Gobernador del Estado, y
b. Del 31 de marzo hasta el 11 de abril del año 2021, para el cargo de munícipes de los ayuntamientos.

Los Consejos Distritales Electorales del Instituto Electoral recibirán las solicitudes de registro de candidaturas para el cargo de diputaciones por el principio de mayoría relativa, en el plazo siguiente:

a. Del 31 de marzo hasta el 11 de abril del año 2021, para el cargo de diputaciones por el principio de mayoría relativa al Congreso del Estado.

De conformidad con lo previsto en los artículos 115, fracción I, y 116, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 21 y 30 de la Ley Electoral del Estado de Baja California, las diputadas y diputados, así como las presidentas y presidentes municipales, síndicas y síndicos, regidoras y regidores, electos en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019, tienen el derecho a la elección consecutiva o reelección.