SAN QUITÍN, FEBRERO 12, 2020.- Por unanimidad de votos y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 27, fracción XXVI y 76 de la Constitución del Estado, así como el artículo 27 de la Ley de Régimen Municipal, el Pleno del Congreso de Baja California aprobó el dictamen 29 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales (Cglpc), mismo que contiene el decreto mediante el cual se crea el Municipio de San Quintín.
Lo anterior fue avalado durante la sesión plenaria efectuada este día en el restaurante Misión Santa Isabel, ubicado en la delegación de San Quintín, Ensenada, y declarado recinto oficial para esta ocasión, en donde estuvieron como invitados especiales el gobernador del Estado, Jaime Bonilla Valdez; el alcalde de Ensenada, Armando Ayala Robles y el presidente del Poder Judicial, Salvador Juan Ortiz Morales. Asimismo, hicieron acto de presencia cientos de residentes de esta región agrícola del sur de Baja California, en apoyo de la municipalización.
Antes de darse la votación del referido dictamen, el presidente de la Comisión de Gobernación, diputado Juan Manuel Molina García, señaló que este órgano de trabajo legislativo que preside, se abocó a analizar con acuciosidad la propuesta de los ciudadanos de San Quintín, “los cuales tenían décadas solicitando lo que el día de hoy estamos a punto de decidir”.
Por otro lado, ponderó “el esfuerzo, el ímpetu que ha tenido la diputada presidenta de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, Miriam Cano; se lo quiero reconocer, pues fue pieza fundamental para que estos trabajos avanzaran, y en poco tiempo tenemos lo que no pudieron hacer otros en años”.
La lectura del dictamen ante la Asamblea Legislativa fue realizada por la legisladora Miriam Elizabeth Cano Núñez, quien agradeció su presencia a las autoridades mencionadas, a los integrantes del Comité Pro Municipalización de San Quintín y a los cientos de residentes de esta zona sur del Estado, quienes se dieron cita a este acto al que la legisladora calificó “como histórico”.
Durante la lectura, expresó que en la sesión ordinaria del 15 de enero del 2020, ella presentó ante el Pleno un punto de acuerdo, mediante el cual exhorta al presidente de la Mesa Directiva a que instruya a la Comisión respectiva, a continuar con los trabajos iniciados con motivo de la emisión de la convocatoria de fecha 24 de agosto de 2012, y del resultado que arrojó el plebiscito realizado para tal efecto; actos que tienen como objetivo concretar que la Delegación San Quintín se convierta en el sexto municipio del Estado.
Por otro lado, hizo mención de los transitorios inscritos en el decreto, en los cuales queda establecido, entre otras cosas, que “el Primer Ayuntamiento del Municipio de San Quintín será electo en las elecciones ordinarias correspondientes al año dos mil veinticuatro, para entrar en funciones el día primero de octubre de ese mismo año”.
Además, que en tanto se elige a los ciudadanos y ciudadanas que presidirán el Primer Ayuntamiento de San Quintín, el Gobierno del Municipio se depositará en un Concejo Municipal Fundacional, integrado por 5 concejales con sus respectivos suplentes, mismos que serán designados por el Congreso del Estado a propuesta del gobernador de entre 15 vecinos del nuevo municipio.
En los transitorios también se establece que “una vez recibida la lista de propuestas, el Congreso del Estado dispondrá de un plazo de treinta días para designar de entre los pobladores propuestos por el Gobernador del Estado, aquellos que considere los más idóneos para administrar el Ayuntamiento, en el entendido de que serán designados aquellos pobladores aprobados por mayoría calificada de este Congreso del Estado”.
Por otro lado, se dispone que a partir de la instalación del Concejo Municipal Fundacional, el Ayuntamiento de Ensenada procederá a darle posesión y a transferirle las oficinas, los archivos, documentos y bienes municipales destinados al servicio de la comunidad del nuevo municipio, acciones a realizar mediante los procedimientos legales y administrativos correspondientes.
Asimismo, que en virtud de las modificaciones territoriales que sufrirá el territorio de Baja California con la creación del municipio de San Quintín, se haga del conocimiento del cometido del presente decreto, al Instituto Nacional Electoral, al Instituto Estatal Electoral del Estado de Baja California, al Registro Agrario Nacional, Registro Civil del Estado, al Registro Público de la Propiedad, a la Secretaría de Salud del Estado, a la Fiscalía General del Estado y al Poder Judicial del Estado de Baja California, a fin de que en el ámbito de sus respectivas competencias hagan las adecuaciones normativas correspondientes.