CIUDAD DE MÉXICO, DICIEMBRE 26, 2018.- El alza al salario mínimo que entrará en vigor el 1 de enero de 2019, aplicará a 2 millones 76 mil 894 trabajadores, lo que representa 5.7 por ciento del total de asalariados y 3.8 por ciento de la población ocupada, según estimaciones de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami).
Señaló que las ocupaciones en las que en su mayoría se desempeñan estos asalariados de salario mínimo son de trabajadores en servicios personales (24.2 por ciento), trabajadores industriales, artesanos y ayudantes (23.2 por ciento) y comerciantes (19.2 por ciento). Por otra parte, el 57.8 por ciento de los trabajadores de tiempo completo de un salario mínimo trabaja en micronegocios, de 1 a 5 trabajadores.
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) la edad promedio de los empleados que laboran tiempo completo y perciben un salario mínimo es de 35.6 años de edad y tienen en promedio un nivel de escolaridad equivalente a 8.8 años. El 57 por ciento son hombres y 42.1 por ciento mujeres.
La Comisión publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el incremento salarial que pasará de 88.36 pesos a 102.68, y en la frontera norte, de 88.36 a 176.72 pesos.
El salario mínimo general nacional que regirá a partir del 1 de enero de 2019 de 102.68 pesos diarios, se determinó partiendo de la actual remuneración de 88.36 pesos diarios, adicionado de un incremento nominal en pesos, a través del llamado Monto Independiente de Recuperación (MIR) de 9.43 pesos diarios, y considerando un ajuste porcentual inflacionario de 5 por ciento.
El fronterizo de 176.72 pesos diarios, se obtuvo partiendo del actual, adicionado un incremento nominal en pesos, a través del MIR de 79.94 pesos diarios, y considerando el mismo ajuste porcentual inflacionario.
La zona libre de la frontera norte está integrada por: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en Tamaulipas.
En un comunicado, se explicó que la población a la cual la Conasami le fija el salario mínimo general “es a los trabajadores que tienen una relación subordinada de trabajo, que labora para un patrón por una jornada completa y rige su relación laboral bajo el apartado A de la Ley Federal del Trabajo”.
Agregó que el Consejo de Representantes en la presente fijación salarial enfatiza que la utilización del MIR “es el mecanismo de recuperación y es una cantidad absoluta en pesos. Su objetivo es única y exclusivamente contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo general.
“No debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral (salarios contractuales, federales y de la jurisdicción local, salarios diferentes a los mínimos y a los contractuales, salarios para servidores públicos federales, estatales y municipales, y demás salarios del sector informal)”.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social aclaró que el aumento al salario mínimo, no afecta los créditos de vivienda vigentes y en proceso otorgados por el Instituto del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), ni el pago de contribuciones u obligaciones ante el gobierno federal ni las entidades federativas debido a que las aportaciones tasadas en Veces el Salario Mínimo (VSM) fueron desvinculadas desde 2016 y su referente para la cuantía del pago se establece en la Unidad de Medida y Actualización conocida como UMA.
Con información de LA JORNADA