ENSENADA, JULIO 23, 2019.- En sesión extraordinaria de Cabildo del XXII Ayuntamiento a cargo de Marco Novelo se aprobó la actualización de la normatividad del Instituto Municipal de Investigación y Planeación de Ensenada.

El dictamen 001/2019 de la Comisión Conjunta de Gobernación y Legislación y la de Planeación y Desarrollo Económico, establece la abrogación del Reglamento del IMIP.

De igual manera, se crea un nuevo reglamento para la paramunicipal, siendo el Reglamento del Instituto Metropolitano de Investigación y Planeación de Ensenada.

Con estas modificaciones aprobadas por Cabildo, el IMIP se alinea a las nuevas disposiciones federales derivadas del reconocimiento legal de la nueva Zona Metropolitana de Ensenada, mediante lo cual se abren nuevas oportunidades para acceder a apoyos y fondos asociados a estas conurbaciones.

También se alinea a la más reciente normatividad en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública para que cualquier ciudadano pueda, a través de esta plataforma acceder a los estudios y proyectos que genera la paramunicipal, entre otra información.

Se especifica una nueva y más completa estructura técnica del IMIP mediante la cual, una vez hecha realidad, podrá cumplir de mejor manera los objetivos para el cual fue creado.

La nueva reglamentación estará entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.

Reformas al Bando de Policía y Gobierno

De igual manera, el pleno de Cabildo realizó reformas a los artículos 26, 29 y 30 del Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de Ensenada, Baja California.

Con dichas reformas del Capitulo Séptimo de la Moral Pública y el Libre Desarrollo de la  Personalidad en el  artículo 26 referente a que son infracciones que atentan contra la paz y tranquilidad pública del municipio, se adiciona:

XLV.-obstruir la vía pública mediante la colocación de objetos, que impidan la debida circulación de vehículos, cajones de estacionamiento, banquetas y paso de peatones.

En el artículo 29 que habla sobre las faltas a la Moral y al libre desarrollo de la personalidad se adiciona:

XI.-Alterar el orden público por ingerir o haber ingerido bebidas embriagantes, sustancias tóxicas y/o estupefacientes prohibidas, en la vía pública, edificios públicos y/o privados desocupados.

De igual manera en al artículo 30 referente a los actos u omisiones que atentan contra la salubridad de las personas y del medio ambiente se adiciona la fracción:

XXXVIII.- Empujar, jalar, y/o transportar con vehículos no motorizados sin permiso de la autoridad correspondiente, si con ello entorpezca la libre circulación o causa molestia de cualquier tipo.

Cabe señalar que dichas reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California y/o en la Gaceta Municipal.