MEXICALI, OCTUBRE 30, 2019.- Los diputados María Trinidad Vaca Chacón y Gerardo López Montes, en su calidad de presidenta y vocal respectivamente, de la Comisión de Derechos Humanos, Familia y Asuntos Religiosos, presentaron ante el Pleno, una Iniciativa de Reforma que adiciona los artículos 56 y 60, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California.
Consideraron en su exposición de motivos que, dentro del listado de las comisiones dictaminadoras contempladas en la Ley Orgánica que rige al Congreso local, no aparece ninguna que, por su denominación trate el tema de derechos humanos.
Sin embargo este si es recogido, en la legislación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dentro de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 39 fracción XI, así como en la legislación orgánica de 30 de los 32 Congresos Locales en la República Mexicana.
Como se puede apreciar claramente, solo Quintana Roo y Baja California son las únicas entidades federativas que no contemplan en sus legislaturas a los Derechos Humanos dentro de una Comisión Dictaminadora, resaltaron los inicialistas en su exposición de motivos.
Lo que cobra relevancia, si se considera que el tema ha tenido gran evolución dentro del marco jurídico del derecho internacional y del mexicano, particularmente desde el 2011, con la modificación sustancial al Artículo 1o. de la Carta Magna, argumentó Triny Vaca al presentar la iniciativa ante el Pleno.
Opinó que, en apego a lo anterior, y debido a la gran relevancia legal y social del tema, se hace evidente que la citada Comisión legislativa, sea dictaminadora.
En este sentido, -subrayó- los temas relativos a la libertad de conciencia y a la forma en que se concibe a la familia, son siempre polémicos, sin embargo, es necesario puntualizar que los derechos humanos no son otorgados, sino reconocidos bajo un esquema de no discriminación, de ahí que el respeto al libre desarrollo de la personalidad y la vida privada debe ser rector en los actos de toda autoridad.
En lo que se refiere a la adición del inciso “m”, al artículo 60, los inicialistas propusieron que quede como sigue: La Comisión de Derechos Humanos, Asuntos Religiosos y Familia: es responsable del análisis, dictamen y proposición de iniciativas relativas a los derechos humanos, con el fin de promover, asegurar y garantizar que se mantengan las condiciones de pleno respeto a los Derechos Humanos dentro del sistema normativo local y se promueva la actualización permanente de la legislación estatal en la materia, velando en todo momento por la prevalencia del principio de laicidad en los asuntos competencia del Estado y, promoviendo la conservación de las familias, como célula de la sociedad, respetando en todo momento la vida privada y familiar y, la integridad en relación con la autonomía personal, como un derecho humano.