MEXICALI, B.C., MAYO 14, 2018. La diputada Mónica Hernández Álvarez, encabezó este día una reunión de trabajo con varios grupos de taxistas de todo el Estado, con la finalidad de analizar la iniciativa que presentó la legisladora para combatir a los taxistas que no cuenten con los requisitos de ley.
La representante popular del IX distrito, con sede en Tijuana, presentó el pasado mes de marzo ante el Pleno una iniciativa para reformar el capítulo quinto del Código Penal del Estado, la cual se encuentra en la fase de estudio en la comisión legislativa correspondiente.
Paralelo a este análisis, los representantes del gremio de taxistas de los diversos municipios de la entidad, encabezados por Ricardo Aguilera Raygoza y Benjamín Garza, presentaron sus respectivas opiniones al respecto.
En la reunión de trabajo estuvo presente el director del Sistema Municipal de Transporte de Mexicali (Simutra) Luis Alfonso Vizcarra Quiñonez, al igual que el regidor Héctor Guzmán Hernández y la regidora Natalia Figueroa, ambos del XXII Ayuntamiento de Mexicali.
La mencionada iniciativa se refiere al capítulo V de la sección tercera del citado Código Penal, denominado “Contra la Prestación del Servicio de Transporte Público”, así como la adición de un artículo 250 quarter.
Respecto al artículo 250 ter, la propuesta es: “Se impondrá una pena de uno a tres años de prisión y multa de hasta cien veces el equivalente a la Unidad de Medida de Actualización (UMA), a quien preste el servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades, sin que exista el correspondiente permiso o concesión vigente, o bien contando con dicho documento, lo realice en vehículo diverso al autorizado”.
Prosigue: “Al conductor de un vehículo irregular destinado al transporte público de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades, que demuestre ser ajeno a tal ilícito, solamente le será aplicada la sanción administrativa correspondiente, prevista en Ley General de Transporte Público del Estado de Baja California y en el Reglamento Municipal de la Materia”.
Por lo que hace al artículo 250 quarter se establece: “Al servidor público que de cualquier forma intervenga en el otorgamiento de una concesión, permiso, o autorización para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, sin que se cumplan los requisitos establecidos por la ley, se le impondrá una pena de dos a cinco años de prisión, multa de trescientos a quinientas veces el equivalente a la Unidad de Medida de Actualización, así como la destitución del empleo, cargo, o comisión”.
Aunque los participantes en la mesa de trabajo estuvieron de acuerdo con el texto propuesto, aportaron algunas observaciones que aceptó la diputada Mónica Hernández y que las agregará en forma de adenda para que formen parte de la iniciativa, aunque continuarán estas mesas de trabajo para enriquecer la propuesta.